Constitución de 1914

miércoles, 5 de agosto de 2015


Venezuela: Historia y Política
Año 3. N° 86
                                                                                            Pedro Frailán (*)
(*) frailánp@uvm.edu.ve
8. La hierba se seca y la flor se marchita, más la palabra de nuestro Dios permanece para siempre.Isaías, 40
        Constitución  de 1914
El 13 de junio de 1914 se suprime el Estatuto Constitucional Provisorio, en la sede del Palacio Federal Legislativo de Caracas por el Congreso de Plenipotenciarios  de  este mismo año. Mientrasque el día 19 se refrenda la nueva Constitución de 1914 por el Presidente Provisional Victorino Márquez Bustillos. Este documento constitucional provisorio fue de una corta duración de tan solo de dos meses.
El gomecismo aprovecho los movimientos políticos adversos del año 1813, para crear una estructura jurídica máxima, en primer lugar exagera un clima de peligro y emergencia en contra del interés nacional. En segundo lugar rompe por completo con la Constitución de 1909 y logra suspender las lecciones. Mientras que esta transición constitucional le permite a una pequeña  elite política llamada Congreso Plenipotenciarios elaborar una nueva Constitución a la medida de ellos y del General.
Con una nueva Constitución  ejecutada el 19 de junio de 1914, es de hacer saber que el próximo  periodo constitucional  comenzaría el 19 de abril de 1915 por un tiempo de siete años. Por lo tanto la transición presidencial proseguía, por un lapso de diez meses. Mientras tanto quedaba establecido institucionalmente el Presidente Provisional y un Comandante en Jefe del Ejército Nacional, cargo creado en el Estatuto de 1914
El nombre de se mantiene con el de: Estado Unidos de Venezuela. El poder Legislativo se reconoció como Asamblea denominada: Congreso de Estados Unidos de Venezuela, constituida por dos cámaras una de diputados y otras de senadores con una duración de tres años para renovarlos en su totalidad. Su forma de elección en esta Constitución es muy superficial deja un vacío en cuanto a esta materia.
Con relación al Poder Ejecutivo Federal era el Congreso el encargado entre los primeros quince días del inicio de sus sesiones al aprobar el periodo constitucional en  sesión conjunta de ambas cámaras eligiendo al Presidente de la República. La faltas temporales de esté la podían sustituir cualquier ministro que decidiera el Presidente. Ya que en esta constitución se eliminaron las dos vicepresidencias.
El otro Poder como el Judicial residía en la Corte Federal y de Casación, como máximo órgano institucional. Estaba integrada por siete vocales, elegidos por el Congreso. En las Disposiciones Generales, entre los artículos 131 al 134, se establecía la forma modificar esta Constitución, que era por medio de la enmienda. La podía convocar al Congreso Nacional, las tres cuartas partes de las Asambleas Legislativas de los Estados.
En las Disposiciones Transitorias hace mención al Comandante en Jefe del Ejército Nacional, que su duración será la misma que a del Presidente Provisional. Encargado de dictar a su propia voluntad todo lo relacionado con el orden público. En caso de excepción el Comandante puede asumir poderes extraordinarios en función al sector militar y de ser necesario en control completo del Estado según lo requiera lo ocasión.
Despiece.
Esta Constitución se elabora con la finalidad de dejar abierta cualquier posibilidad de adaptación, que la élite gomecista deseara acomodar, para que el General Juan Vicente Gómez permaneciera en el poder.  Incluso con un periodo constitucional largo de siete años y de paso no se prohibía la reelección. El exagerado presidencialismo lo disimulaba con la figura del presidente Provisional, la cual  selecciono un hombre cómodo a sus intereses y de paso magno adulante al personalismo de Gómez.  
Sumario.
            La principal innovación de esta Carta Constitucional son las figuras que conformaban el Ejecutivo, Tanto el Presidente Provisional como el Comandante en Jefe del Ejército Nacional. Al incluirlo en este periodo hasta el año 1922.  A este tiempo el absolutismo de Gómez y su entorno ilustrado ya contaban con una permanencia de catorce años en poder.
Referencia Bibliográfica.
           
Otero Mariñas, Luís. Las Constituciones en Venezuela. Constitución de 1914. Ediciones Cultural Hispánica. Madrid. 1965.



0 comentarios:

Publicar un comentario