Constitución de 1881

lunes, 30 de marzo de 2015


Venezuela: Historia y Política
Año 2. N° 69
                                                                                            Pedro Frailán (*)
(*) frailánp@uvm.edu.ve
­­7. ¿Dónde está ahora la ciudad orgullosa, que tenía tantos años de antigüedad y que llegó muy lejos en sus andanzas para establecerse allá sus sucursales? Isaías, 23

        Constitución de 1881
Esta Constitución es producto de una reforma constitucional como lo establecía la Cata Magna de 1874. Es bueno resaltar que estas reformas son una serie de Constituciones de inspiración del ciclo histórico federal y amarillismo liberal. Que fue un proyecto político del siglo XIX que inicia Tomás Lander, Antonio Leocadio Guzmán, Crisóstomo Falcón, Ezequiel Zamora, Antonio Guzmán Blanco.
Pero de todas estas figuras que van a consagrar este plan político van a hacer Juan Crisóstomo Falcón y Antonio Guzmán Blanco, el primero la Constitución Federal de 1864. Que inicio una etapa histórica política  en Venezuela. Al poco tiempo los Textos Fundamentales de  1874, 1881 de inspiración liberal amarillista, compatibles con los criterios políticos de Guzmán Blanco otra Constricción es la de 1891, con esta línea aunque aun que ya no estuviera Guzmán Blanco Presente. 
La Constitución de 1881 la República sigue manteniendo el mismo nombre como el de: “República de los Estados Unidos de Venezuela”. Sancionada el 27 de abril de 1881. Que derogaba la Constitución anterior. Se le bautizó con el nombre la Suiza, fue una propuesta de Guzmán Blanco que se inspiraba  el derecho constitucional de la República Helvética de Suiza. En donde se consagraban algunas instituciones políticas nuevas para acá.
Constitución 1881
Este texto en su estructura va tener 124 artículos en títulos y secciones. Su preámbulo se hace mucho énfasis en la categoría nación sobre todo en la territorialidad uno de los más destacadas cambios. En ellas se consagró, los derechos de los venezolanos, las bases de la unión. Las garantías de los venezolanos. La legislatura nacional, conformación de ella como la cámara de los diputados. La del senado, las disposiciones comunes como sus atribuciones. 
El título V trato con el Poder  General de la Federación, organismo se relacionaba con el Poder Ejecutivo sus funciones y atribuciones. Pero esa categoría de federación, sólo era de palabra que estaban reseñados en  los estratos texto Constitucionales. Porque en la praxis política prevalecía el centralismo,  en torno al caudillo de turno y más cuando se trataba de Antonio Guzmán. El periodo presidencial era de dos años.
Con relación al territorio  el artículo 1 de esta Ley Fundamental, recordaba la Constitución de 1864, cuando se dividió al país en veinte estados. Mientras que esta los reagrupaba en nueve grandes entidades políticas. Quedando conformada de la siguiente manera: Estado de Oriente integrado por: Barcelona, Cumaná y Maturín. Estado Guzmán Blanco constituido por: Bolívar, Guzmán Blanco, Guárico   y Nueva Esparta.
Estado Carabobo compuesto por: Carabobo y Nirgua. Estado del Sur de Occidente lo conformaron: Portuguesa, Cojedes y Zamora. Estado del Norte de Occidente lo integraron: Barquisimeto, y Yaracuy. Estado de Los Andes lo constituyeron: Guzmán Blanco, Trujillo y Táchira. Estado Bolívar lo conformaron: Guayana y Apure.  Por último Estado Zulia, por sí solo al igual que el Estado Falcón.
Despiece.
Aquí se creó la Corte  de Casación que fueron los tribunales de los Estados, conformados por vocales, de acuerdo a la conformación de los Estados de la Federación con una duración de cuatro años. Sus principales atribuciones fueron: conocer las causas criminales o de responsabilidad que se formaren los altos funcionarios de los Estados aplicando sus propias leyes.
Sumario
            LA Constitución de 1881 hace énfasis en sistema político federal con las instituciones que constituyen la separación clásica de poder.   Como: de la Legislatura Nacional,  Poder General de la Federación,   de la Alta Corte de la  Federación. Pero esto sólo fue nombre, basta con ver los nombres de los Estados de la integración, como el personalismo de Guzmán Blanco se imponía categóricamente.

Referencia Bibliográfica
            MARINAS OTERO, Luís. Las Constituciones de Venezuela. Constitución de 1881. Ediciones Cultura Hispánica. Madrid. 1965.