Constitución de 1901

miércoles, 8 de julio de 2015


Venezuela: Historia y Política
Año 2. N° 80
                                                                                            Pedro Frailán (*)
(*) frailánp@uvm.edu.ve
1. ¡Naciones, vengan a presenciar, pueblos, pongan atención; tierra y todo lo que encierras, con tus continentes y sus habitantes, escucha!Isaías, 34

        Constitución de 1901
Este Texto Constitucional va a ser  el primero del siglo XIX, que marcó un nuevo ciclo histórico en la vida política de Venezuela. Por lo general dentro cambios políticos del país siempre  lo certifican con una nueva Constitución. Cipriano Castro fue la figura más importante de este panorama, producto de otra constante histórica política,como lo es una revolución, en esta oportunidad bautizada como la Revolución Liberal Restauradora de 1901.
Esta Constitución está calificada como una Asamblea Nacional Constituyente, por lo general esto sucede cuando es producto de un movimiento que es calificado como revolucionario. Se inicia con una pequeña invocación a Dios todo poderoso y por la autoridad del pueblo de Venezuela que la decreta. Prácticamente no contiene un preámbulo, sino que se inicia por la materia de  la nacionalidad y territorialidad.
El nombre oficial de nación se mantiene con el nombre de los Estados Unidos de Venezuela, también aparece la categoría constitucional Federal como los títulos: Poder Ejecutivo Federal, Atribuciones del Ejecutivo Federal, Corte Federal, como es claro esto sólo fue nombre, ya que en la realidad fue poder político concentrado en el ejecutivo, con altos rasgos personalistas encarnados en Cipriano Castro.Conocido popularmente como el cabito en la narrativa de Pio Gil.


Constitución de 1901
Fue una Constitución de tuvo una estructura ocho títulos, diecisiete secciones y ciento cincuenta  tres artículos, tratando las materia de nación, territorio soberanía, derechos de los venezolanos. Al igual que la conformación del poder público, categorizada en la teoría clásica de los poderes de la triada. En ello destacadas lo elemental de su naturaleza jurídica y finalmente pues describió las disposiciones generales del Texto.
Aunque en estas instituciones constitucionales se dieron algunos cambios como el caso de la territorialidad como lo ratificó el Artículo 2°. Los estados Apure, Aragua, Bolívar (antes Guayana), Barcelona, Carabobo, Cojedes, Falcón (antes Coro), Guárico, Lara (antes Barquisimeto), Mérida, Miranda (antes Caracas), Maturín, Sucre (antes Cumaná) Nueva Esparta (antes Margarita), Portuguesa, Táchira, Trujillo, Yaracuy, Zamora (antes Barinas) Zulia (antes Maracaibo).

Esta división político territorial de país retoma el principio de la Constitución de 1864, con la división de los veinte estados. Además cambia el nombre de algunos estados. Que la gran mayoría del nombre de ellos se mantiene, también desaparece por completo el nombre de la composición territorial de Antonio Guzmán Blanco.  Con relación al ejecutivo retorno la figura del Vicepresidente pero siendo dos.

Con relación al presidente de la unión o república, se tenía que ser venezolano por nacimiento. Pero otro cambio significativo se encontraba en la duración de su periodo, en donde se elevaba a seis años y no podría ser elegido  para presidir de nuevo el siguiente periodo.Muy parecido al planteamiento de duración presidencial de José Tadeo Monagas en la Reforma Constitucional de 1857.

Despiece.
            Otro cambio relevante en esta Constitución fue el método electoral, en esta oportunidad se suprimió el voto universal como se planteaba en la Constitución de 1894. Por lo tanto lo elección se hacía por medio del Concejos Municipales de cada Estado. Las Asambleas de los Estados escrutaban y luego las pasaban al Senado de la República. Para que escrutaran al nivel nacional en el caso de haber un empate le echaba a la suerte y ahí salía electo el próximo Presidente de la República.
       
Sumario
En esta Constitución una institución destacada dentro del Poder Judicial, fue el Procurador General de la Nación. El poder Legislativo se ejerce por una Asamblea. Con el Nombre de Congreso de los Estados Unidos de Venezuela, siendo bicameral. Fue promulgada el 20 de marzo de 1901. A noventa años de la independencia 43 de la federación.  

Referencia Bibliográfica
            Otero Mariñas, Luís. Las Constituciones en Venezuela. Constitución de 1901. Ediciones Cultural Hispánica. Madrid. 1965.


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